Sanciones de la Sisalril a clínicas podrían ser de hasta 300 salarios

El martes 22 de abril, la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) notificó el inicio de un proceso investigativo luego de que recibiera las denuncias interpuestas por dos víctimas de la tragedia del Jet Set, sobre la supuesta negación de asistencia médica en emergencia por parte de la clínica Dr. Abel González.

El exsenador de San Cristóbal Franklin Rodríguez, y el señor Luis Graveley Hernández hicieron la denuncia en contra de la clínica, a través de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA).

La negación de atención por centros de salud en casos de emergencia se considera como una infracción grave, para la cual, la Sisalril puede ordenar el pago de 201 a 300 salarios mínimos nacional, según indicó Frank Aristy, abogado especializado en Seguridad Social.

A partir del 1 de abril de 2025, tras un reajuste por indexación respecto al alto costo de la canasta familiar, el salario mínimo nacional fue elevado a 21,674.80 pesos. 

En caso de la clínica ser hallada culpable y recibir la máxima sanción, debería pagar 6,502,440 pesos a cada denunciante.

Aristy aclaró que este monto es si la sanción es aplicada a través de la Sisalril. En caso de que sea a través del Ministerio de Salud Pública, el artículo 153 de la Ley 42-01 sanciona con uno a diez salarios mínimos nacional la violación a los servicios de emergencia.

“Se le aplicaría un pago de 216,748 pesos en pena máxima en este caso”, detalló.

El 15 de febrero de 2024, El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) emitió la resolución 584-03, en la cual se establece un listado de infracciones leves, moderadas y graves, donde los prestadores de salud que incurran en ellas deben resarcir los daños con pagos de multas.

 “Ningún prestador puede negar la atención de emergencia, la Constitución en su artículo 61 expresa el derecho universal a la atención de la salud, así como el artículo 28 de la Ley General de Salud 42-01”, aseguró el abogado.

Informe técnico de la Sisalril

En tanto, la Sisalril trabaja en informe técnico para determinar si la clínica Abel González incurrió en faltas. Se levantan los hallazgos de las posibles infracciones que pudieran detectarse, en caso de que las hubiera.

 “El área temática correspondiente hace el levantamiento y emite una nota técnica. Si emite la nota técnica y se verifica que se cometió alguna infracción, viene a la dirección jurídica. Entonces, la Ley 87-01, que, aunque es una ley que está un poco limitada en cuanto a tipificación de infracciones, es muy laxa, dice que la Superintendencia de Salud puede definir conductas atípicas, sus infracciones y definir el nivel de gravedad”, explicó Ana Patricia Ossers, directora Jurídica de la entidad.

Ossers, en conversación con Diario Libre, indicó que, “en caso de que se determine que un prestador de servicios de salud (PSS) no brindó un servicio por algún motivo, entonces se levanta el acta. Todo va a ser por el tipo de infracción que pueda determinarse en el área que se cometió, que, de acuerdo al tipo de infracción, puede ser leve, moderada o grave”.

“Tenemos que esperar resultado a ese levantamiento técnico para nosotros poder definir el tipo de infracción y el nivel de gravedad para poder definir entonces ya cuál sería, en caso de que aplique, la medida adoptada”, agregó.

Robustecer sanciones

La jurista entiende que el régimen sancionador dispuesto y la facultad sancionadora no están lo suficientemente robustecidos, por lo que recordó que la Sisalril “está trabajando en una propuesta para robustecer datos de la tipificación, incluir otros tipos de acciones que hemos visto que se han materializado y para revisar también la gradualidad y el monto de las multas en caso que se decida aplicar una multa”.

Sanciones recientes a prestadores de servicios de salud

Aunque no fueron por negación a servicios en Emergencia, estas son algunas de las sanciones recientes aplicadas a clínicas y hospitales dominicanos.

  • La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia condenó en abril de 2024 a la Clínica Dr. Perozo, en Higüey, a pagar la suma de diez millones de pesos (RD$10,000,000.00), por concepto de indemnización tras haber exigido 25,300 pesos como anticipo a los padres de un adolescente accidentado.

  • En septiembre de 2023, la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) sancionó con el pago de una multa de RD$ 1,642,512.50, equivalente a 101 salarios mínimos, al centro médico Vista del Jardín, ubicado en el Distrito Nacional, por solicitar depósitos o pagos anticipados como requisito para brindar la atención a dos pacientes afiliados a la Seguridad Social.

  • En abril de 2024, el Centro de Diagnóstico y Medicina Avanzada y de Conferencias Médicas y Telecomunicaciones (Cedimat) también recibió una condena por mala práctica médica luego de que una paciente contrajera una bacteria y muriera.

  • La Clínica Corazones Unidos fue condenada en 2023 al pago de más de 6 millones de pesos con dos sentencias emitidas por tribunales del Distrito Nacional, por mala práctica médica cometida en contra de dos pacientes.

  • La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) rechazó el recurso de casación interpuesto por el Hospital Traumatológico Universitario y Docente Dr. Ney Arias Lora, contra la sentencia núm. 0030-1642-2023-SSEN-00268, de fecha 31 de marzo de 2023, el cual le ordena el pago de 10 millones de pesos a favor de Félix Julián Encarnación Feliz, quien perdió su pierna derecha luego de adquirir una bacteria tras ser operado en este centro de salud.

Fuente:

diariolibre.com

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By Jose Diaz

Soy José Díaz, apasionado por las noticias digitales y siempre en busca de las últimas tendencias e innovaciones en el mundo de la información. Mi interés se centra en analizar y compartir contenido de actualidad, manteniéndome al tanto de lo que sucede en el entorno digital y global.

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