Código Penal: policías a la cárcel por causar maltrato

Los agentes policiales estarán sometidos a mano dura por la justicia si se aprueba el proyecto del nuevo Código Penal que cursa en el Congreso. La iniciativa, que ya ha agotado sus primeros pasos de aprobación en el Senado, impone sanciones contra los oficiales de la Policía Nacional si arrestan a ciudadanos ilegalmente, si revisan vehículos de forma injustificada, si se niegan a la grabación de un apresamiento o si maltratan o torturan a un arrestado.

Las penas, que varían de acuerdo al delito que cometa el agente, buscan evitar los abusos de poder y los maltratos de los policías a los ciudadanos, siempre que se demuestre la ilegalidad en las acciones, según lo que establece el proyecto aprobado en el Senado en primera discusión.

Uno de los aspectos más novedosos del proyecto es la penalización de la revisión injustificada de vehículos de motor. El artículo 293 sanciona con prisión de quince días a un año a todo agente policial, militar o funcionario que revise un vehículo sin orden judicial, sin causa probable, fuera de las disposiciones que autoriza la ley y en contra de la voluntad del conductor.

Si en la revisión hay uso de fuerza, daños al vehículo o lesiones personales, la pena propuesta aumenta hasta dos años de prisión y una multa de tres a seis salarios mínimos. La reforma a la legislación traería una novedad al Código Penal vigente en el país, que no sanciona ni castiga las revisiones injustificadas.

Arresto ilegal

El artículo 167 del proyecto castiga con dos a tres años de prisión a los policías que arresten, detengan o encierren a una persona sin que exista un motivo legal, como lo establece el Código Procesal Penal, que solo permite estas detenciones en caso de flagrante delito o por mandato judicial. La pena propuesta aumenta de 20 a 30 años de cárcel si, durante el arresto, se causa daño se cometen actos de tortura y  tratos crueles.

Estas disposiciones refuerzan sanciones que ya están contempladas en el Código Penal vigente. El artículo 114 actual establece un castigo denominado como “degradación cívica” y también se reconoce el derecho del afectado a reclamar una indemnización.

Impedir grabaciones

El nuevo proyecto también penaliza a los agentes que impidan a los ciudadanos grabar un arresto, un registro o un allanamiento. El artículo 292 establece una pena de quince días a un año de prisión y multa de una a dos veces el salario del agente.

El proyecto que ya aprobaron los senadores sigue poniendo mano dura a los agentes y en su artículo 291 establece sanciones de hasta un año de prisión a quien niegue a un detenido el derecho de llamar a un familiar, abogado o persona de confianza.

Además, el artículo 173 penaliza con uno a dos años de prisión y destitución del cargo a la autoridad que, tras apresar a un menor, no comunique el hecho en un plazo de dos horas a la familia y al juez competente.

Ambas disposiciones no tienen una sanción específica actual en el Código Penal actual, aunque la Ley 136-03 sobre Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y el Código Procesal Penal contienen mandatos sobre el trato adecuado a menores y personas detenidas.

Otros cambios

La iniciativa del Código Penal que estudió una comisión congresual también introduce cambios en el delito de la violación sexual, para la que se aumentan las penas máximas de 15 a 20 años de prisión y se incluyen agravantes que aumentarían la sanción si la infracción se comete contra los niños o si la víctima muere en el acto.

Además, la pieza aprobada contempla todo un capítulo para la corrupción administrativa con prisión que llega hasta los 20 años, a diferencia de la legislación vigente que no castiga meramente la corrupción, sino que impone sanciones por soborno o concusión, con penas que solo alcanzan los 10 años de cárcel.

Asimismo, el código vigente establece que la pena máxima para cualquier delito es de 30 años de cárcel, pero la nueva pieza que se mueve en el Congreso aumenta la sanción máxima a 40 años, con cúmulos de penas que pueden llegar hasta los 60 años.

Los acuerdos sostenidos en el Congreso también permitieron que se incluya el feminicidio como un delito. El actual Código Penal que se usa en el país no condena los feminicidios, pero el nuevo proyecto congresual lo incluye con consecuencias de hasta 40 años de cárcel. 

De acuerdo con el informe, el nuevo Código Penal incluirá la sanción de nuevos delitos como el sicariato, el genocidio, el hostigamiento, la actividad sexual no consentida, el daño con sustancias nocivas, la sobrevaluación de obras, la tortura, el arresto ilegal, la corrupción administrativa, infracciones por medios digitales, negocios piramidales y el bullying.

Tras una aprobación en primera lectura en el Senado, el proyecto de ley orgánica del Código Penal ahora queda pendiente para una segunda discusión. Luego irá a la Cámara de Diputados para el mismo proceso y posteriormente se enviará al Poder Ejecutivo para su promulgación.

 

Fuente:

diariolibre.com

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By Jose Diaz

Soy José Díaz, apasionado por las noticias digitales y siempre en busca de las últimas tendencias e innovaciones en el mundo de la información. Mi interés se centra en analizar y compartir contenido de actualidad, manteniéndome al tanto de lo que sucede en el entorno digital y global.

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