Cada semana, cientos de imputados deben firmar en los tribunales del país como parte de una medida de coerción que les permite enfrentar sus procesos en libertad. La presentación periódica se ha convertido en una alternativa clave a la prisión preventiva.
De acuerdo con el Código Procesal Penal (artículo 226), existen siete tipos de medidas de coerción, y la presentación periódica es una de las más leves. Su aplicación depende de varios factores.
Según explica la jueza de instrucción Yanibet Rivas, esta medida se impone cuando el hecho imputado no es grave y el imputado ofrece garantías mínimas de que se presentará durante el proceso.
“Se evalúa la gravedad del hecho, los presupuestos del ciudadano y se hace un análisis proporcional. No todo hecho da lugar a prisión preventiva”, señala la magistrada.
La frecuencia con la que el imputado debe presentarse —cada 15 días, mensual o bimensual— la determina el juez según el caso. La presentación se realiza firmando en un libro en la fiscalía correspondiente, donde el acusado muestra su cédula y registra la fecha.
¿Qué pasa si el imputado no se presenta?
El incumplimiento de esta medida puede generar graves consecuencias. Si el imputado no asiste a una audiencia sin justificación válida, puede ser declarado en rebeldía, lo que conlleva la emisión de una orden de arresto.
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“Si no viene y no justifica, el tribunal puede declarar la rebeldía. Eso implica una orden de arresto y, en algunos casos, el Ministerio Público puede solicitar cambiar la medida a prisión preventiva”, explicó Rivas.
En la práctica, uno de los grandes desafíos del sistema es que muchos imputados no cuentan con dirección fija ni documentos de identidad. “Hay ciudadanos que te dicen que viven ‘por el parque Enriquillo’. Y cuando llega la audiencia preliminar, simplemente no hay forma de localizarlos”, añade la jueza.
Un problema de educación y realidad social
Según señala Rivas, muchos ciudadanos no se presentan porque no entienden el proceso judicial o porque carecen de los medios para cumplirlo. “A veces es un tema de educación. Hay gente que recibe la cita y dice: ‘Yo no voy para allá’, sin entender las consecuencias legales”.
Según publicaciones en la prensa, solo en el primer cuatrimestre del 2024, la Fiscalía del Distrito notificó 545 casos de rebeldía, vinculados a delitos como tráfico de drogas, robo, homicidios, violencia intrafamiliar, manutención y estafa, entre otros.
La medida, aunque menos severa que la prisión preventiva, no siempre garantiza la presencia del imputado. Por eso, Rivas recomienda que todo análisis sobre este tipo de coerción también incluya el fenómeno de la rebeldía, que ocurre con frecuencia en casos donde el acusado tiene escasa vinculación o identificación legal.
Fuente:
diariolibre.com