El presidente Luis Abinader promulgó ayer la Ley Orgánica 74-25, de 393 artículos, sobre el Código Penal y puso fin al estancamiento de dos décadas que tenía la debatida pieza en el Congreso Nacional.
El jefe de Estado tenía hasta el 10 de agosto para observar o promulgar la propuesta, pero lo hizo apenas dos días después de que el Senado le remitiera la normativa.
Había expectativas sobre si lo iba a aceptar o devolver, debido a las críticas de su familia a la norma que no exime las tres causales del aborto. Además, porque en la campaña del 2019, el hoy mandatario estaba a favor de las causales.
El aborto fue el punto más conflictivo, provocando que se cayera tres veces en los últimos cinco años.
Sin embargo, para esta ocasión, el partido oficialista —que controla el Congreso y que retira los proyectos por las críticas— logró que la propuesta pasara con la mayoría de los votos en el Senado y en la Cámara de Diputados, cuyos miembros trabajaron jornadas extras durante la legislatura extraordinaria, en la que se aplicaron múltiples modificaciones.
Las causales fueron la razón por la que el expresidente Danilo Medina lo devolvió en 2014 y 2016. En el caso de Leonel Fernández, este lo observó en 2006, ante las protestas de los médicos, que se sentían afectados con la ley.
Con esta actualización, la nación deja atrás el antiguo marco jurídico implementado por Ulises Heureaux en 1884, el cual era una adaptación del código aplicado en Francia por Napoleón Bonaparte en 1810.
Novedades
Los nuevos delitos que penaliza el Código Penal son: feminicidio, sicariato, ciberbullying, dopaje, violencia económica, difusión de imágenes con fines de chantaje, exhibicionismo, clonación de tarjetas, estafa piramidal, intermediación financiera no regulada, instigación al suicidio, bloqueo de paso y seguimiento a ambulancias, y carreras clandestinas.
Además, aumenta la prisión hasta 40 años y establece medidas de vigilancia posterior al cumplimiento de condena, registro de agresores sexuales y programas de reeducación para la reinserción social de los infractores.
Sigue el debate
La promulgación no detuvo el dilema: el opositor Yván Lorenzo dijo que era un retroceso hacía la mujer. En el caso contrario, el ministro José Ignacio Paliza indicó que la validación es un “acto de firme responsabilidad”.
Ricardo de los Santos, titular del Senado, reiteró que el Código Penal protege los derechos, mientras que Alfredo Pacheco, de los diputados, indicó que es una “conquista legislativa”.
Jorge Subero Isa, expresidente de la Suprema, indicó que se “pone fin a una normativa obsoleta”.
Entrada en vigencia
El Código Penal entraría en vigencia en agosto de 2026, según el artículo 393. Durante ese tiempo —denominado vacatio legis— los congresistas habían indicado que aplicarán otros cambios a fin de tener una ley más acabada.
Diversos actores y sectores habían solicitado al jefe de Estado devolver la propuesta al Congreso, debido a que, según planteaban, se vulneran los derechos de la mujer. Específicamente, pedían que no se castigue a una mujer por abortar cuando la vida de la madre corre peligro, cuando el embarazo es producto de violación o incesto y cuando se determina que el feto es inviable fuera del útero. Pero, independientemente de esta lucha, la procuradora Yeni Berenice Reynoso solicitó la pronta aprobación del Código Penal, porque, para el Ministerio Público, sería un instrumento para combatir la criminalidad, la delincuencia organizada y garantizar los derechos a las víctimas.
Fuente:
diariolibre.com